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Art’culo 14: Los Entes Obligados deber‡n mantener actualizada, de forma impresa para consulta directa y en los respectivos sitios de Internet, de acuerdo con sus funciones segœn corresponda, la informaci—n respecto de los temas, documentos y pol’ticas que a continuaci—n se detallan: | ||||||||||
Fracci—n I: El marco normativo aplicable al Ente Obligado, en la que deber‡ incluirse la gaceta oficial, leyes, c—digos, reglamentos, decretos de creaci—n, reglas de procedimiento, manuales administrativos, pol’ticas emitidas aplicables al ‡mbito de su competencia; | ||||||||||
Periodo: Enero-diciembre 2016 | ||||||||||
INSTRUMENTOS INTERNACIONALES DE DERECHOS HUMANOS | ||||||||||
Tipo de normatividad | Denominaci—n de la normatividad | Fecha de publicaci—n en el DOF | Fecha de œltima reforma | V’nculo al documento de cada normatividad | ||||||
Internacional | Convenci—n Internacional sobre el derecho a la Rectificaci—n | Adoptado el 16 de diciembre de 1952* | sin reforma | 1 | ||||||
Internacional | Convenci—n Internacional Sobre la Eliminaci—n de Todas las Formas de Discriminaci—n Racial | 13 de junio de 1975 | Protocolo facultativo adoptado el 18 de diciembre de 2002 | 1 | ||||||
Internacional | Convenci—n marco de las Naciones Unidas sobre el cambio clim‡tico | 7 de mayo de 1993 | sin reforma | 1 | ||||||
Internacional | Convenci—n Para la Prevenci—n y la Sanci—n del Delito de Genocidio | 11 de octubre de 1952 | sin reforma | 1 | ||||||
Internacional | Convenci—n Sobre el Estatuto de los Ap‡tridas | 25 de agosto de 2000 | sin reforma | 1 | ||||||
Internacional | Convenci—n Sobre el Estatuto de los Refugiados | 25 de agosto de 2000 | sin reforma | 1 | ||||||
Internacional | Convenci—n Sobre la Imprescriptibilidad de los Cr’menes de Guerra y de los Cr’menes de Lesa Humanidad | 22 de abril de 2002 | sin reforma | 1 | ||||||
Internacional | Convenci—n Sobre la Nacionalidad de la Mujer Casada | 25 de octubre de 1979 | sin reforma | 1 | ||||||
Internacional | Convenio Internacional del Trabajo No. 100 relativo a la igualdad de remuneraci—n entre la mano de obra masculina y la mano de obra femenina por un trabajo de igual valor | 9 de octubre 1952 | sin reforma | 1 | ||||||
Internacional | Convenio Internacional del Trabajo No. 111 relativo a la discriminaci—n en materia de empleo y ocupaci—n | 11 de agosto de 1962 | sin reforma | 1 | ||||||
Internacional | Convenio Internacional del Trabajo No. 155 Sobre Seguridad y Salud de los Trabajadores y Medio Ambiente de Trabajo | 6 de marzo de 1984 | 05/04/84 | 1 | ||||||
Internacional | Convenio Internacional del Trabajo No. 159 sobre la Readapataci—n Profesional y el empleo de personas inv‡lidas | 22 de abril de 2002 | sin reforma | 1 | ||||||
Internacional | Convenio Internacional del Trabajo No. 169 sobre Pueblos Ind’genas Tribales en pa’ses Independientes | 24 de enero de 1991 | sin reforma | 1 | ||||||
Internacional | Convenio Internacional del Trabajo No. 182 sobre la prohibici—n de las peores formas de trabajo infant’l y la acci—n inmediata para su eliminaci—n | 7 de marzo de 2001 | sin reforma | 1 | ||||||
Internacional | Convenio Internacional del Trabajo No. 29 relativo al trabajo forzoso u obligatorio | 13 de agosto de 1935 | sin reforma | 1 | ||||||
Internacional | Convenio Internacional del Trabajo No. 42 relativo a la indemnizaci—n por enfermedades profesionales | 25 de septiembre de 1937 | sin reforma | 1 | ||||||
Internacional | Convenio Internacional del Trabajo No. 87 relativo a la libertad sindical y a la protecci—n al derecho a la sindicaci—n | 16 de octubre de 1950 | sin reforma | 1 | ||||||
Internacional | Convenio marco de la OMS para el control del tabaco | 25 de febrero de 2005 | sin reforma | 1 | ||||||
Internacional | Convenio para la protecci—n de la Capa de Ozono | 17 de marzo de 1987 | sin reforma | 1 | ||||||
Internacional | Convenio sobre la diversidad biol—gica | 7 de mayo de 1993 | sin reforma | 1 | ||||||
Internacional | Declaraci—n Universal Sobre la Erradicaci—n del Hambre y la Malnutrici—n | Adoptada 16 de noviembre de 1974* | sin reforma | 1 | ||||||
Internacional | Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional | 31 de diciembre de2005 | sin reforma | 1 | ||||||
Internacional | Protocolo de Kyoto de la Convenci—n Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Clim‡tico. | 24 de noviembre de 2000 | sin reforma | 1 | ||||||
Internacional | Tratado sobre Renuncia a la Guerra (Pacto Briand-Kellog) | 24 de diciembre de 1929 | sin reforma | 1 | ||||||
Internacional | Carta de las Naciones Unidas y Estatuto de la Corte Internacional del Justicia | 17 de octubre de 1945 | sin reforma | 1 | ||||||
Internacional | Convenci—n Contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes | 6 de marzo de 1986 | sin reforma | 1 | ||||||
Internacional | Convenci—n de las Naciones Unidas Contra la Delincuencia Organizada Transnacional (Convenci—n de Palermo) | 11 de abril de 2003 | sin reforma | 1 | ||||||
Internacional | Convenci—n Interamericana sobre Asistencia Mutua en materia Penal | 2 de abril de 2003 | sin reforma | 1 | ||||||
Internacional | Convenci—n Internacional para la protecci—n de todas las personas contra la desapariciones forzadas | 22 de junio de 2011 | sin reforma | 1 | ||||||
Internacional | Convenci—n para la Protecci—n del Patrimonio Mundial, Cultural y Natural | 2 de mayo de 1984 | sin reforma | 1 | ||||||
Internacional | Convenci—n sobre Extradici—n | 25 de abril de 1936 | sin reforma | 1 | ||||||
Internacional | Convenci—n sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad | 2 de mayo de 2008 | sin reforma | 1 | ||||||
Internacional | Convenci—n Suplementaria Sobre la Abolici—n de la Esclavitud, la Trata de Esclavos y las Instituciones y Pr‡cticas An‡logas a la Esclavitud | 24 de junio de 1960 | sin reforma | 1 | ||||||
Internacional | Convenio Para la Represi—n de la Trata de Personas y de la Explotaci—n de la Prostituci—n Ajena y Protocolo final | 19 de junio de 1956 | sin reforma | 1 | ||||||
Internacional | Pacto Internacional de Derechos Civiles y Pol’ticos | 20 de mayo de 1981 | sin reforma | 1 | ||||||
Internacional | Pacto Internacional de Derechos Econ—micos, Sociales y Culturales | 12 de mayo de 1981 | sin reforma | 1 | ||||||
Internacional | Protocolo contra el Tr‡fico Il’cito de Migrantes por Tierra, Mar y Aire, que Complementa la Convenci—n de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional (Protocolos de Palermo) | 10 de abril de 2003 | sin reforma | 1 | ||||||
Internacional | Protocolo contra la Fabricaci—n y el Tr‡fico Il’citos de Armas de Fuego, sus Piezas y Componentes y Municiones que Complementa la Convenci—n de las Naciones Unidas Contra la Delincuencia Organizada Transnacional (Protocolos de Palermo) | 1 de julio de 2005 | sin reforma | 1 | ||||||
Internacional | Protocolo Facultativo de la Convenci—n contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o degradantes | 15 de junio de 2006 | sin reforma | 1 | ||||||
Internacional | Protocolo Facultativo de la Convenci—n sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad | 2 de mayo 2008 | sin reforma | 1 | ||||||
Internacional | Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Pol’ticos | 03 de mayo de 2002 | sin reforma | 1 | ||||||
Internacional | Protocolo Para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, Especialmente Mujeres y Ni–os (Protocolos de Palermo) | 10 de abril de 2003 | sin reforma | 1 | ||||||
Internacional | Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Pol’ticos | 26 de octubre de 2007 | sin reforma | 1 | ||||||
Internacional | Carta de la Organizaci—n de los Estados Americanos (OEA) | 13 de enero de 1949 | Ha sido reformada por el Protocolo de Buenos Aires del 27 de febrero de 1967; Protocolo de Cartagena de Indias, adoptado en Cartagena de Indias, Colombia, el 5 de diciembre de 1985; Protocolo de Washington, adoptado en Washington, D.C., el 14 de diciembre de 1992 del que MŽxico no es Parte; Protocolo de Managua, adoptado en Managua, el 10 de junio de 1993. | 1 | ||||||
Internacional | Convenci—n Interamericana Contra el Terrorismo | 4 de noviembre de 2003 | sin reforma | 1 | ||||||
Internacional | Convenci—n Americana sobre Derechos Humanos ÒPacto de San JosŽ de Costa RicaÓ | 7 de mayo de 1981 | Declaraciones:
Reconocimiento por parte de MŽxico de la Competencia Contenciosa de la Corte
Interamericana de Derechos Humanos, segœn la Convenci—n Americana sobre
Derechos Humanos ÒPacto de San JosŽ de Costa RicaÓ Al adherirse a la
Convenci—n, el Gobierno de MŽxico formul— las Declaraciones y Reserva
siguientes, habiendo formulado el retiro parcial de las mismas el 9 de abril
de 2002, el cual fue aprobado por el Senado de la Repœblica el 9 de enero de
2002, segœn decreto publicado en el DOF el 17 de enero de 2002, subsistiendo
en los siguientes tŽrminos: Declaraci—n interpretativa: Con respecto al p‡rrafo 1 del Articulo 4 considera que la expresi—n Òen generalÓ usada en el citado p‡rrafo no constituye obligaci—n de adoptar o mantener en vigor legislaci—n que proteja la vida Òa partir del momento de la concepci—nÓ, ya que esta materia pertenece al dominio reservado de los Estados. Reserva: El Gobierno de MŽxico hace Reserva expresa en cuanto al p‡rrafo 2 del Art’culo 23, ya que la Constituci—n Pol’tica de los Estados Unidos Mexicanos, en su Art’culo 130, dispone que los Ministros de los cultos no tendr‡n voto pasivo, ni derecho para asociarse con fines pol’ticos. |
1 | ||||||
Internacional | Convenci—n sobre Asilo | 19 de marzo de 1929 | Fue modificada por la Convenci—n sobre Asilo Pol’tico, adoptada en Montevideo, Uruguay, el 26 de diciembre de 1933, que est‡ en vigor y de la que MŽxico es Parte. | 1 | ||||||
Internacional | Convenci—n sobre Asilo Diplom‡tico | 5 de abril de 1957 | sin reforma | 1 | ||||||
Internacional | Convenci—n sobre Asilo Territorial | 4 de mayo de 1981 | sin reforma | 1 | ||||||
Internacional | Convenci—n sobre Asilo Pol’tico | 10 de abril de 1936 | sin reforma | 1 | ||||||
Internacional | Convenci—n Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer ÒConvenci—n de Belem do ParaÓ | 19 de enero de 1999 | sin reforma | 1 | ||||||
Internacional | Convenci—n Sobre los Derechos del Ni–o | 5 de enero de 1991 | 12 de diciembre de 1995 | 1 | ||||||
Internacional | Convenci—n sobre los Derechos Pol’ticos de la Mujer | 28 de abril de 1981 | sin reforma | 1 | ||||||
Internacional | Convenci—n sobre la Eliminaci—n de todas las Formas de Discriminaci—n Contra la Mujer | 18 de junio de 1981 | sin reforma | 1 | ||||||
Internacional | Convenci—n relativa a la Esclavitud | 13 de septiembre de 1935 | Cuenta con un Protocolo de Enmienda del 7 de diciembre de 1953, y fue complementada por la Convenci—n Suplementaria del 7 de septiembre de 1956, que est‡n en vigor y de los que MŽxico es Parte. | 1 | ||||||
Internacional | Convenci—n General de Conciliaci—n Interamericana | 10 de abril de 1930 | Contiene
un Protocolo Adicional, suscrito en Montevideo, el 26 de diciembre de 1933,
que est‡ en vigor y del que MŽxico es Parte. Ha sido derogada por el Tratado Americano de Soluciones Pac’ficas (Pacto de Bogot‡, 1948-Art’culo LVIII). Sin embargo, rige en las relaciones entre los Estados que aœn no son Partes del Pacto de 1948. |
1 | ||||||
Internacional | Convenci—n Interamericana para el Cumplimiento de Condenas Penales en el Extranjero | 3 de junio de 1998 | sin reforma | 1 | ||||||
Internacional | Convenci—n para el Fomento de las Relaciones Culturales Interamericanas | 3 de abril de 1941 | sin reforma | 1 | ||||||
Internacional | Convenci—n Interamericana sobre Concesi—n de los Derechos Civiles a la Mujer | 16 de noviembre de 1954 | sin reforma | 1 | ||||||
Internacional | Convenci—n Interamericana sobre Concesi—n de los Derechos Pol’ticos a la Mujer | 29 de abril de 1981 | sin reforma | 1 | ||||||
Internacional | Convenci—n Interamericana sobre Desaparici—n Forzada de Personas | 6 de mayo de 2002 | DECLARACION INTERPRETATIVA. Con
fundamento en el art’culo 14 de la Constituci—n Pol’tica de los Estados
Unidos Mexicanos, el Gobierno de MŽxico, al ratificar la Convenci—n
Interamericana sobre Desaparici—n Forzada de Personas, adoptada en la ciudad
de BelŽm, Brasil, el 9 de junio de 1994, se entender‡ que las disposiciones
de dicha Convenci—n se aplicar‡n a los hechos que constituyan desaparici—n
forzada de personas, se ordenen, ejecuten o cometan con posterioridad a la
entrada en vigor de la presente Convenci—n. RESERVA: ÒEl Gobierno de los
Estados Unidos Mexicanos al ratificar la Convenci—n Interamericana sobre
Desaparici—n Forzada de Personas, adoptada en la Ciudad de BelŽm, Brasil, el
9 de junio de 1994, formula reserva expresa al Art’culo IX, toda vez que la
Constituci—n Pol’tica reconoce el fuero de guerra, cuando el militar haya
cometido algœn il’cito encontr‡ndose en servicio. El fuero de guerra no
constituye jurisdicci—n especial en el sentido de la Convenci—n, toda vez que
conforme al art’culo 14 de la Constituci—n mexicana nadie podr‡ ser privado
de la vida, de la libertad o de sus propiedades, posesiones o derechos, sino
mediante juicio seguido ante los tribunales previamente establecidos, en el
que se cumplan las formalidades esenciales del procedimiento y conforme a las
leyes expedidas con anterioridad al hechoÓ. DECLARACIîN INTERPRETATIVA:ÒCon fundamento en el art’culo 14 de la Constituci—n Pol’tica de los Estados Unidos Mexicanos, el Gobierno de MŽxico, al ratificar la Convenci—n Interamericana sobre Desaparici—n Forzada de Personas, adoptada en la ciudad de BelŽm, Brasil, el 9 de junio de 1994, se entender‡ que las disposiciones de dicha Convenci—n se aplicar‡n a los hechos que constituyan desaparici—n forzada de personas, se ordenen, ejecuten o cometan con posterioridad a la entrada en vigor de la presente Convenci—nÓ. |
1 | ||||||
Internacional | Convenci—n Interamericana para la Eliminaci—n de Todas las Formas de Discriminaci—n contra las Personas con Discapacidad | 12 de marzo de 2001 | sin reforma | 1 | ||||||
Internacional | Convenci—n Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura | 11 de septiembre de 1987 | sin reforma | 1 | ||||||
Internacional | Convenci—n sobre la Prevenci—n y el Castigo de Delitos contra Personas Internacionalmente Protegidas, Inclusive los Agentes Diplom‡ticos | 28 de julio de 1980 | sin reforma | 1 | ||||||
Internacional | Convenci—n Internacional contra la Toma de Rehenes | 29 de julio de 1987 | sin reforma | 1 | ||||||
Internacional | Convenci—n Internacional sobre la Protecci—n de los Derechos de todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares | 13 de agosto de 1999 | Al
ratificar la Convenci—n, el Gobierno de MŽxico formul— la declaraci—n siguiente: DECLARACION INTERPRETATIVA: ÒAl ratificar la Convenci—n Internacional sobre la Protecci—n de los Derechos de todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares, el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos reafirma su voluntad pol’tica de lograr la protecci—n internacional de los derechos de todos los trabajadores migratorios, de acuerdo con lo dispuesto por este instrumento internacional. Todas las disposiciones de esta Convenci—n se aplicar‡n de conformidad con su legislaci—n nacionalÓ |
1 | ||||||
Internacional | Convenci—n Internacional relativa a la Represi—n de la Trata de Mujeres Mayores de Edad | 21 de junio 1938 | Las disposiciones de la Convenci—n del 21 de marzo de 1950, de la que MŽxico es Parte, para la supresi—n de la trata de personas y de la explotaci—n de la prostituci—n ajena reemplaza, entre las Partes, las disposiciones de la presente Convenci—n. La Convenci—n del 11 de octubre de 1933, se encuentra en vigor œnicamente entre MŽxico y los Estados que no sean Partes de la Convenci—n del 21 de marzo de 1950. Ver tambiŽn el Protocolo del 12 de noviembre de 1947, sobre la materia, que modifica la presente Convenci—n | 1 | ||||||
Internacional | Convenci—n Internacional para la Represi—n de la Trata de Mujeres y Menores | 25 de enero de 1936 | Nota
1: Cuenta con un Protocolo que enmienda la Convenci—n, adoptado en Lake
Success, Nueva York, el 12 de noviembre de 1947. Nota 2: Tanto la Convenci—n como su Protocolo fueron abrogados por el Convenio para la Represi—n de la Trata de Personas y de la Explotaci—n de la Prostituci—n, firmado en Lake Success, Nueva York, el 21 de marzo de 1950. Sin embargo, rige en las relaciones de MŽxico con los Estados que no son Parte del Convenio del 21 de marzo de 1950. |
1 | ||||||
Internacional | Convenci—n sobre Nacionalidad de la Mujer | 7 de abril de 1936 | sin reforma | 1 | ||||||
Internacional | Convenci—n para Prevenir y Sancionar los Actos de Terrorismo Configurados en Delitos Contra las Personas y la Extorsi—n Conexa cuando estos tengan Trascendencia Internacional | 3 de julio de 1975 | sin reforma | 1 | ||||||
Internacional | Convenio Internacional del Trabajo Num. 169 sobre Pueblos Ind’genas y Tribales en Pa’ses Independientes | 24 de enero de 1991 | sin reforma | 1 | ||||||
Internacional | Convenio Internacional del Trabajo Num. 182 sobre la Prohibici—n de las Peores Formas de Trabajo Infantil y la Acci—n Inmediata para su Eliminaci—n | 7 de marzo de 2001 | sin reforma | 1 | ||||||
Internacional | Convenio Constitutivo de la Organizaci—n Latinoamericana de Vivienda y Desarrollo de los Asentamientos Humanos (OLAVI) | 20 de septiembre de 1983 | sin reforma | 1 | ||||||
Internacional | Convenio Constitutivo del Fondo para el Desarrollo de los Pueblos Ind’genas de AmŽrica Latina y el Caribe | 25 de octubre de 1993 | sin reforma | 1 | ||||||
Internacional | Convenio de Ginebra relativo a la Protecci—n de Personas Civiles en Tiempo de Guerra | 23 junio de 1953 | sin reforma | 1 | ||||||
Internacional | Convenio de Ginebra Para Aliviar la Suerte que Corren los Heridos y los Enfermos de las Fuerzas Armadas en Campa–a | 23 de junio de 1953 | sin reforma | 1 | ||||||
Internacional | Convenio de Ginebra para Mejorar la Suerte de los Heridos, Enfermos y de los N‡ufragos de las Fuerzas Armadas en el Mar | 23 junio de 1953 | sin reforma | 1 | ||||||
Internacional | Convenio de Ginebra relativo al Trato de los Prisioneros de Guerra | 23 junio de 1953 | sin reforma | 1 | ||||||
Internacional | Convenio Internacional para la Represi—n de la Financiaci—n del Terrorismo | 28 de febrero de 2003 | sin reforma | 1 | ||||||
Internacional | Convenci—n Internacional para la Represi—n de los Actos de Terrorismo Nuclear | 9 de julio de 2007 | sin reforma | 1 | ||||||
Internacional | Convenio Internacional para la Represi—n de los Atentados Terroristas Cometidos con Bombas | 28 de febrero de 2003 | sin reforma | 1 | ||||||
Internacional | Convenio Internacional del Trabajo No. 45 relativo al Empleo de las Mujeres en los Trabajos Subterr‡neos de toda Clase de Minas | 21 de abril de 1938 | sin reforma | 1 | ||||||
Internacional | Convenio Internacional del Trabajo No. 58 por el que se Fija la Edad M’nima de Admisi—n de los Ni–os al Trabajo Mar’timo | 24 de octubre de 1936* | sin reforma | 1 | ||||||
Internacional | Convenci—n Interamericana contra la Corrupci—n | 9 de enero de 1998 | sin reforma | 1 | ||||||
Internacional | Declaraci—n Americana de los Derechos y Deberes del Hombre | Aprobada en la Novena conferencia Internacional Americana el 2 de mayo de 1948* | sin reforma | 1 | ||||||
Internacional | Protocolo a la Convenci—n Americana sobre Derechos Humanos relativo a la Abolici—n de la Pena de Muerte | 9 de octubre de 2007 | sin reforma | 1 | ||||||
Internacional | Protocolo de Reformas a la Carta de la Organizaci—n de los Estados Americanos ÒProtocolo de Buenos Aires" | 26 de octubre de 1968 | sin reforma | 1 | ||||||
Internacional | Protocolo de Reformas a la Carta de la Organizaci—n de los Estados Americanos "Protocolo de Cartagena de Indias" | 6 de abril de 1989 | sin reforma | 1 | ||||||
Internacional | Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, Especialmente Mujeres y Ni–os, que Complementa la Convenci—n de las Naciones Unidas Contra la Delincuencia Organizada Transnacional (Protocolos de Palermo) | 10 de abril de 2003 | sin reforma | 1 | ||||||
Internacional | Protocolo que Enmienda la Convenci—n para la Supresi—n del Tr‡fico de Mujeres y Ni–os, concluida en Ginebra el 30 de septiembre de 1921 y la Convenci—n para la Supresi—n del Tr‡fico de Mujeres Mayores de Edad, concluida en Ginebra el 11 de octubre de 1933 | 19 de octubre de 1949 | Fue abrogado por el Convenio para la Represi—n de la Trata de Personas y de la Explotaci—n de la Prostituci—n, firmado en Lake Success, Nueva York, el 21 de marzo de 1950. Sin embargo, sigue rigiendo en las relaciones de MŽxico con los Estados que no son Parte del Convenio del 21 de marzo de 1950. | 1 | ||||||
Internacional | Protocolo de Reformas a la Carta de la Organizaci—n de los Estados Americanos ÒProtocolo de ManaguaÓ | 17 de mayo de 1994 | sin reforma | 1 | ||||||
Internacional | Protocolo Adicional a la Convenci—n Americana sobre Derechos Humanos en materia de Derechos Econ—micos, Sociales y Culturales ÒProtocolo de San SalvadorÓ | 1 de septiembre de 1998 | sin reforma | 1 | ||||||
Internacional | Protocolo Adicional a los Convenios de Ginebra del 12 de agosto de 1949 relativo a la Protecci—n de las V’ctimas de los Conflictos Armados Internacionales (Protocolo I) | 21 de abril de 1983 | sin reforma | 1 | ||||||
Internacional | Protocolo Adicional a los Convenios de Ginebra del 12 de agosto de 1949 relativo a la aprobaci—n de un signo distintivo adicional (Protocolo III) | 5 de enero de 2009 | sin reforma | 1 | ||||||
Internacional | Protocolo Facultativo de la Convenci—n Sobre los Derechos del Ni–o Relativo a la Participaci—n de Ni–os en los Conflictos Armados | 3 de mayo de 2002 | sin reforma | 1 | ||||||
Internacional | Protocolo Facultativo de la Convenci—n sobre los Derechos del Ni–o relativo a la Venta de Ni–os, la Prostituci—n Infantil y la Utilizaci—n de los Ni–os en la Pornograf’a | 22 de abril de 2002 | sin reforma | 1 | ||||||
Internacional | Protocolo Facultativo de la Convenci—n sobre la Eliminaci—n de Todas las Formas de Discriminaci—n contra la Mujer | 3 de mayo de 2002 | sin reforma | 1 | ||||||
Internacional | Convenci—n Interamericana sobre Restituci—n Internacional de Menores | 19 de noviembre de 1994 | sin reforma | 1 | ||||||
Internacional | Convenci—n sobre las Condiciones de los Extranjeros | 07/02/31 | 20/08/31 | 1 | ||||||
* Estos instrumentos no fueron publicados en el Diario Oficial de la Federaci—n, por lo que se aclara que la fecha anotada corresponde a la de su adopci—n. | ||||||||||
Area responsable: Direcci—n General Jur’dica Fecha de actualizaci—n: 31 de diciembre de 2016, Fecha de validaci—n de 15 de enero de 2017 |